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BASES PROGRAMA DE INSERCIÓN ACADÉMICA UC 2022

 

En el marco de las políticas de desarrollo del cuerpo académico, la Vicerrectoría Académica creó en el año 2014 el Programa de Inserción Académica PIA UC, que busca apoyar la inserción a la investigación o creación en sus múltiples formas de lo(a)s académico(a)s que se incorporen a la Universidad.


Este programa apoya con recursos, el inicio o continuidad de las actividades de investigación o creación en las primeras etapas de la carrera académica en planta ordinaria.

Se espera que este programa también contribuya a posicionar a nuestro(a)s académico(a)s al momento de postular a fondos concursables externos.

 

Para participar en este Programa de Inserción, el(la) académico(a) debe cumplir con los siguientes requisitos (ver Anexo 1):

  • No haber tenido nombramientos previos en la Universidad, en una o más categorías académicas, que en total superen 3 años de vigencia.
  • Poseer el grado de Doctor(a), habiendo obtenido el grado como máximo hasta 10 años antes de la fecha de solicitud de incorporación al Programa de Inserción.
  • Haber ingresado como Profesor(a) Asistente en planta ordinaria.
  • Haber sido seleccionado(a) a través de concurso abierto con amplia difusión nacional y/o internacional y cuyo llamado haya sido aprobado por la Vicerrectoría Académica, de acuerdo a los lineamientos entregados en la Resolución VRA N° 076/20211 y en la “Guía y sugerencias del proceso de reclutamiento y selección de académicos y académicas de la planta ordinaria y especial"2.
  •  La selección debe haber sido efectuada por la Comisión Asesora del Decano(a) para la Incorporación de Académico(a)s, sesionando con los(as) representantes del Rector.
  • Tener dedicación de jornada completa (44 horas).
  • Solicitar la incorporación al Programa durante el primer año de ingreso a la Universidad en categoría de Profesor(a) Asistente en planta ordinaria.

 

Entre los beneficios a otorgar se considera un fondo, por una vez, ascendiente a $8 millones de pesos al momento de incorporarse al Programa, el cual podrá utilizar hasta un plazo máximo de tres años. El fondo deberá ser usado en aquellos gastos elegibles que potencien su investigación o creación, tales como: contrataciones, bienes, materiales e insumos, viáticos, transporte, costos de inscripción y organización de seminarios o workshops. La Vicerrectoría Académica podrá solicitar una declaración o rendición anual del uso del fondo.


Cabe destacar que estos fondos son complementarios a los que otorguen las unidades académicas para propósitos similares con fondos descentralizados.


Una vez que se ha concordado el ingreso del(la) académico(a) al Programa, se formalizarán los siguientes compromisos por cada una de las partes interesadas:

  • Considerando la carga académica estándar, la unidad académica se compromete, a reducir 1 curso del total de la carga del(a) académico(a) durante el primer año de contratación o desde su ingreso al Programa de Inserción Académica.
  • Adicionalmente, la unidad académica se compromete a limitar la asignación de labores de gestión académica, las cuales no podrán superar 2 horas semanales durante los 3 primeros años de contrato.
  • El(la) académico(a) por su parte, se compromete obligatoriamente a postular a un proyecto FONDECYT o su equivalente en creación, como investigador(a) responsable, durante el primer año desde su contratación o desde su ingreso al Programa de Inserción Académica.


Si determinadas circunstancias lo ameritan, se podrá postular a otros fondos concursables, de investigación o creación, externos, de competitividad similar o superior a un FONDECYT de Iniciación, previa consulta a la Vicerrectoría Académica y a la solicitud de incorporación al Programa de Inserción, como por ejemplo: Fondo Nacional de Investigación y Desarrollo en Salud (FONIS) o Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (FONDART), para el caso de disciplinas diferentes a las del alcance de FONDECYT.


El(la) Decano(a), o el(la) Director(a) de la unidad académica, podrá disponer de estos recursos para todos los procesos de contratación que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases y su Anexo 1, y que se enmarquen en sus planes de desarrollo o en la renovación de sus plantas académicas de acuerdo a las políticas vigentes. De esta manera, este Programa se transforma en un mecanismo de atracción y negociación para las nuevas contrataciones de las unidades académicas.


Conforme a lo enunciado anteriormente, los recursos se materializarán por medio de un compromiso formal, “Compromiso Académico”, establecido entre el(la) Decano(a), el (la) Académico(a) y el Vicerrector Académico (Anexo 2, Modelo de Compromiso Académico).

 

 

NOTAS:

 

[1] Resolución VRA N°076/2021 Establece Pauta de Implementación de la Normativa Marco de las Comisiones Asesoras del Decano para Incorporación, Promoción y Calificación de la Planta Académica.

[2] Guía y sugerencias del proceso de reclutamiento y selección de académicos y académicas de la planta ordinaria y especial.": Documento elaborado por la Dirección de Desarrollo Académico y la Dirección de Equidad de Género de la Vicerrectoría Académica, julio 2021.

 

 

Sin actividades programadas.