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Red: Red Metropolitana de Movilidad (Metro Tren, Metro y Buses)

Red Metropolitana de Movilidad es el nombre del nuevo estándar del sistema de transporte público de Santiago. Red integra tarifariamente a los buses, el Metro y el MetroTren Nos. Estos tres modos se pagan a través de un único medio de pago: la tarjeta bip!, la que podrás cargar en cualquiera de los puntos de carga distribuidos por la ciudad. Se puede planificar con anticipación el viaje y conocer rutas y paradas.

 

  • Tarjeta BIP: Se puede cargar de forma presencial en diferente lugares habiliados, estaciones de metro y online (para posteior validación en estaciones de metro)  http://www.tarjetabip.cl/ 

 

Fuente: Red Metropolitana de Movilidad y Metro de Santiago

 

Bicicleta

Como la bicicleta es un vehículo más, los ciclistas deben transitar por la calle y por la pista derecha, o por las ciclovías habilitadas para su uso seguro.

Los ciclistas no debieran circular por autopistas y/o autovías, considerando lo establecido en el decreto N° 83 de redes viales básicas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). Sin embargo, el MTT podrá autorizar la circulación de bicicletas cuando existan pistas segregadas, físicamente para ellas, en estas vías.

Adicionalmente, el “Manual de Señalización de Tránsito”, contempla la prohibición de circulación de bicicletas en accesos a autopistas, autovías y túneles.

 

Elementos de Seguridad: De acuerdo al DEcreto Supremo del  Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, se norman elementos y sistemas de seguridad aplicables a distintos tipos de vehículos. Entre estos, los artículos siguientes se refieren a bicicletas y ciclistas:

  • Focos y luces exteriores: Triciclos y bicicletas, Parte delantera: un foco que permita proyectar luz frontal; Parte trasera: luz roja fija.

  • Los vehículos deberán estar provistos de un aparato sonoro que sólo podrá emitir sonidos monocordes de intensidad moderada.

  • El casco protector exigible a los conductores de bicicletas y sus acompañantes que transiten en las zonas urbanas, deberá cubrir al menos la parte superior de la cabeza y permanecer fijo a ella mediante una cinta o correa que lo sujete por debajo de la barbilla, asegurado mediante hebillas, trabas u otro dispositivo similar.

  • Las bicicletas deberán contar con elementos reflectantes.

biciletas 1

 

Infracciones

Si el infractor a las normas de la Ley fuere peatón, pasajero o ciclista, sólo se le extenderá la correspondiente citación al Juzgado respectivo, fijándole día y hora para la comparecencia. En estos casos se presumirá la responsabilidad del infractor si no concurriere personal o debidamente representado a la audiencia para la cual fue citado.

  • Son infracciones menos grave: Conducir bicicletas, o similares, contraviniendo la norma sobre uso obligatorio de casco protector y demás elementos de seguridad.

Fuente:Conaset  

 

 

RUTAS CICLOVÍAS REGION METROPOLITANA 

 

 

Automóvil/Motocicletas

Licencia de Conducir para Extranjeros - Requisitos

Usted deberá acercarse a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de la comuna de su residencia. Allí deberá presentar: 

  • Cédula de Identidad vigente (fotocopia por ambos lados).
  • Certificado de residencia junta de vecinos con nombre de la persona que realiza el trámite o tarjeta vecino o cuenta a su nombre y dirección en la comuna donde vive y rendirá el examen, con antigüedad no mayor de 2 meses, o declaración jurada notarial.
  • Llevar el certificado de estudios de 8° básico rendido (ocho años rendidos como mínimo), de ser necesario, siguiendo el procedimiento de convalidación o validación dispuesto en el decreto exento N° 2272 de 2007 del MINEDUC (más información  https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=267943 ).

Se rinden todos los exámenes en español y sin intérprete

  1. Físico (sensométrico)
  2. Psíquico (sicométrico)
  3. Entrevista médica
  4. Teórico (Debe estudiar libro del Conductor Seguro, descargar aquí).


Clase B puede rendir examen en inglés (en la Comuna de las Condes)

- Práctico


Españoles y coreanos, pueden realizar homologación de Licencia, enviando todos sus datos de Chile y de España o Corea, según sea la nacionalidad, al Ministerio de Transporte, Asuntos Internacionales. Una vez que el Ministerio de Transportes le envíe una carta de aceptación, le indica que puede realizar el trámite.

Usted puede conocer el proceso de otorgamiento de licencia de conductor en Conaset.  

 

Tipos de licencias de conducir

 

Licencia B: automóvil

Permite conducir vehículos motorizados de tres o más ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, excluido el del conductor, o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 kilogramos, tales como automóviles, motocoupés, camionetas, furgones y furgonetas. Estos vehículos sólo podrán arrastrar un remolque cuyo peso no sea superior a la tara de la unidad motriz y siempre que el peso combinado no exceda de 3.500 kilos.

 

Requisitos:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Haber egresado de enseñanza básica.
  • Si tienes 17 años de edad, puedes optar a esta licencia, siempre que hayas aprobado un curso en una Escuela de Conductores y cuentes con permiso de tus padres, apoderados o representantes legales.
  • Escuela de Conductor: No obligatorio.
  • Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, por el Director de Tránsito de su municipio.
  • Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
  • Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
  • Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.

 

Licencia C: moto

Permite conducir vehículos motorizados de dos o tres ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares.

 

Requisitos:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Haber egresado de enseñanza básica.
  • Escuela de Conductor: No obligatorio
  • Idoneidad moral: Obligatorio. Revisión de antecedentes personales, por el Director de Tránsito de su municipio.
  • Examen médico: Obligatorio. Evaluación en el municipio.
  • Examen teórico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.
  • Examen práctico: Obligatorio. Sólo se rinde una vez.

 

Más información sobre licencias de conducir en Chile  

Fuente: Comision Nacional de Seguridad del tránsito

 

 

 

INFORMACIÓN IMPORTANTE: Reconocimiento y convalidación de estudios básicos y medios realizados en el extranjero (educación primaria y secundaria).

Permite acreditar estudios básicos y medios cursados por chilenos o extranjeros que regresan o ingresan a Chile, y que fueron realizados en países que son parte de algún convenio (revise el campo detalles de esta misma ficha).

Los certificados de estudios deben estar legalizados por el Ministerio de Educación, el de Relaciones Exteriores del país de origen y por el consulado chileno. Luego, la documentación debe ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

Si el país de donde provienen los certificados de estudios es miembro del convenio de La Haya, los documentos sólo deben venir del país de origen apostillado por el Ministerio de Educación de dicho país.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y oficinas regionales de atención ciudadana del Mineduc. En Santiago, en la oficina de Ayuda Mineduc, ubicada en Fray Camilo Henríquez 262, Santiago.


Fuente:Chile Atiende 

 

 ¿Qué documentos se necesitan para realizar el trámite?


Los documentos a presentar son:

  • Cédula de identidad o pasaporte original del estudiante.
  • Certificados de estudios en original de los cursos de educación básica o media y diploma de egreso o graduación, cuando corresponda (corresponde cuando completó la educación secundaria; certificados últimos cuatro años cursados y diploma), aprobados en el extranjero. El certificado o diploma del último curso aprobado deberá presentarse debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
  • En el caso de hijos de chilenos, la nacionalidad de los padres deberá acreditarse con cédula de identidad chilena o certificado de nacimiento de al menos uno de ellos.

 

IMPORTANTE:  Sólo se aceptarán documentos originales legalizados, sin manchas ni enmendaduras (no se aceptan fotocopias notariales).

 

PROCEDIMIENTO:  El trámite se realiza en dos etapas, la primera en el país de origen y la segunda en Chile:

 

En el país de origen:


Si el país de donde proviene el certificado de estudios es miembro del Convenio de La Haya, el documento deberá venir apostillado por la institución correspondiente a dicho país.

En caso contrario deberá:

  • Legalizar los certificados de estudios del(a) alumno(a) (documentos originales) en el Ministerio de Educación o autoridad competente, del país donde se realizaron los estudios. En el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el Consulado Chileno del respectivo país.
  • Tratándose de los hijos de chilenos y de funcionarios internacionales debidamente acreditados, que hayan realizado estudios en colegios internacionales se les aceptará la legalización de los certificados de estudios, realizada por la autoridad diplomática que corresponda en reemplazo de la legalización del Ministerio de Educación del país.

 

En Chile:

  • Legalizar los documentos en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, Agustinas Nº1320, Santiago (lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas). Para usuarios de otras regiones, se puede solicitar el trámite de legalización de documentos en Santiago a través de las Gobernaciones Provinciales o directamente por correo dirigido al Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, calle Agustinas Nº1320, Santiago, el cual le devolverá el documento legalizado por la misma vía. La legalización no tiene costo.
  • Si se trata de certificados de estudios extendidos en lengua extranjera, se solicitará al peticionario la traducción oficial- si fuese necesario- después de la primera revisión de los documentos.
  • Presentar los antecedentes ya mencionados en cualquier Oficina de AtenciónCiudadana Ayuda Mineduc , para solicitar la convalidación de los estudios realizados en el extranjero.

 

En un plazo máximo de 20 días hábiles la Unidad Nacional de Registro Curricular emitirá el certificado de reconocimiento de estudios que permitirá al(a) alumno(a) ser matriculado en forma definitiva.

 

En aquellos casos que se requiera continuar estudios básicos o medios regulares, en el comprobante de solicitud de reconocimiento de estudios, se indicará el curso y nivel al cual se debe matricular provisoriamente al estudiante (según tabla de equivalencia), mientras se resuelve su requerimiento.

 

La solicitud de MatrículaProvisoria se realiza en el DepartamentoProvincial de Educación correspondiente al establecimiento educacional.

 

COSTO DEL TRÁMITE: El trámite de reconocimiento y/o convalidación de estudios Básicos y medios ES GRATUITO.

 

Fuente: Mineduc 

 

 

Sin actividades programadas.